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¿Puedes bloquear una carga pública de tus seguidores en las redes sociales?

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James Freed abrió una cuenta de Facebook en 2008. Como millones de estados, recibió comentarios y críticas. Cuando los recogieron, les dieron de comer y bloquearon a los autores. Sin embargo, Freed es el gerente de Port Huron, una ciudad de 30.000 habitantes en Michigan. Uno de los seguidores bloqueó la denuncia de que su discurso violaba su libertad de expresión y su caso llegó al Tribunal Supremo de Estados Unidos. Otro caso similar relativo al Consejo Escolar de Poway (California) también escaló hasta el Alto Tribunal. New Games dijo por unanimidad que una carga pública puede bloquear a tus seguidores si haces un uso personal de la cuenta, pero no si lo haces con tu permiso.

Incluso si se trata de lugares públicos de diseño de excavación, las normas fijadas por el Supremo afectarán a las cuentas de Facebook, X y otras redes sociales de toda carga pública. De cualquier manera respondes a la pregunta que hizo Donald Trump cuando era presidente para bloquear a algunos de sus seguidores en Twitter. Un tribunal federal falló contra Trump, pero cuando el caso llegó al Supremo ya no era presidente y las partes se negaron a caer.

Políticos de todo el mundo utilizan las redes sociales para comunicarse con los ciudadanos y no es raro que bloqueen a seguidores que consideran molestos, aunque evidentemente la doctrina del Supremo sólo tiene influencia en Estados Unidos. En España, algunos políticos han sido particularmente combativos en línea mientras ocupaban cargos públicos, como Pablo Iglesias cuando era vicepresidente o, más recientemente, el ministro de Transportes, Óscar Puente. Ambos provocaron polémica al bloquear comentarios críticos, justo cuando la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, reunida con las familias de los quebrados en las residencias de los alcaldes durante la pandemia, los denunciaba. En España estos casos no han sido llevados a los tribunales.

La Corte Suprema de Estados Unidos dice que Freed era sólo un ciudadano privado, no hay discusión, porque la libertad de expresión consagrada en la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos obliga sólo a los poderes públicos. Liberato se aseguró de usar Facebook de forma privada, pero en su cuenta fue descrito como “Papá de Lucy, Esposo de Jessie e Gerente de la Ciudad, Jefe Administrativo de los ciudadanos de Port Huron”.

Cuando llegó la pandemia, Freed publicó al respecto. Algunas eran personales y otras contenían información relacionada con su trabajo. El usuario de Facebook Kevin Lindke comentó algunas publicaciones, expresando inequívocamente su descontento con la gestión de la ciudad antes de la pandemia. Al principio, Freed se burló de sus comentarios y finalmente lo bloqueó.

Lindke aceptó que los tribunales dieron a Freed razones para tratar el caso como privado. Ahora es lícito para el Tribunal Supremo, que no termina de decidir sobre el caso concreto, sino que examina el criterio. “Un funcionario público que impide a alguien comentar en una página de una red social roja incurre en un acto de Estado (…) sólo si el funcionario muestra autoridad real para hablar en nombre del Estado sobre un aspecto concreto, y pretende ejercerla autoridad para hablar en publicaciones relevantes en redes sociales”, dice la frase que es como el criterio a seguir.

Un frente difícil

El Supremo porque no es determinante el hecho de que alguien ocupe un cargo público, sino el uso que se haga de la red social. “La distinción entre comportamiento privado y acción estatal se basa en el fondo, no en la ética: los individuos privados pueden actuar con la autoridad del Estado, y los funcionarios estatales tienen vidas privadas y sus propios derechos constitucionales, incluido el derecho del Primer Ministro a hablar. sobre el trabajo y ejercer control editorial sobre la discusión y los participantes en sus áreas personales”, dice.

Juegos admite que la frontera es difícil de cruzar en muchos casos, pero indica que en sus mensajes no se acredita al demandante que el gestor municipal esté ejerciendo su autoridad pública. Como ejemplo del mundo digital. Si el presidente de una junta escolar anuncia en una reunión que se liberará de las restricciones del covid, está ejerciendo su carga, pero si lo comenta con unos amigos durante una barbacoa en casa, está actuando en su entorno privado. “En el contenido del anuncio se incluye el mismo, el contexto diferente: una reunión oficial frente a un acto privado”, dice la sentencia.

La sentencia, firmada por la magistrada Amy Coney Barrett, dice que todo quedará más claro si Freed publica un anuncio (“esta es una historia personal”, “las opiniones expresadas son sólo mías”…). Sin embargo, el contenido no puede identificarse como personal u oficial. Los jueces ponen ejemplos. Si un alcalde dijera: “Para cumplir con la Ordenanza Municipal 22.1, suspendo temporalmente la aplicación del reglamento de estacionamiento alternativo”, estaría invocando y ejerciendo su autoridad, y no podría bloquear ni ofender a los comntarios. Pero si simplemente visualizas la página del municipio donde se toma la decisión, estarás activo en el ámbito privado.

No todos los ejemplos son tan claros. Ante ellos, el Supremo informa: “En casos difíciles de clasificación de las necesidades, es necesario tener en cuenta que un funcionario no necesariamente pretende ejercer su autoridad simplemente publicando información sobre un aspecto de su competencia. Puede publicar información relacionada con su trabajo por una variedad de motivos personales, que van desde el deseo de generar conciencia hasta promover sus perspectivas de reelección. Por otro lado, muchos funcionarios públicos exhiben una amplia gama de autoridad gubernamental que incluye la interacción regular con el público, y puede no ser fácil discernir un límite entre su vida pública y privada. Sin embargo, estos funcionarios también tienen derecho a hablar con funcionarios públicos a título personal”.

Borrar y bloquear

Los juegos contienen una advertencia: bloquear es el paso más relevante para eliminar un comentario. Al bloquear a un usuario, se le impide comentar cualquier mensaje. En este caso, por lo tanto, será vulnerable a la libertad de expresión del ciudadano si realiza algún comentario sobre la opinión del autor.

La Corte Suprema insta al tribunal inferior a revisar el caso a la luz de esta doctrina y, si el criterio aplicado difiere, decidir nuevamente el caso.

En el caso de la junta escolar de Poway, California, los jueces emitieron otro breve fallo de tres páginas concluyendo que se había aplicado una doctrina distinta de la que ahora escuchaban y, en su favor, anularon el fallo e instaron al tribunal inferior a reconsiderar el caso. caso .

La Corte Suprema de Estados Unidos se pronuncia de manera mucho más gratificante respecto de los ámbitos de la libertad de expresión en los ámbitos sociales. En dos casos paralelos respecto de las fronteras de Florida y Texas, lo que está en juego es la política de moderación de contenidos. Los dos partidos, los estados y las plataformas están envueltos en la bandera de la libertad de expresión que marca al primer amigo de la Constitución frente a la influencia estatal. Texas y Florida consideran que los mensajes y usuarios han sido pirateados; Las plataformas representadas por asociaciones del sector denuncian la existencia de leyes estatales que, por vulnerabilidad a obstáculos, optan por publicar en sus redes.

Para los estados, las redes sociales son tan buenas como las compañías telefónicas (no pueden malinterpretarse por sus nombres); para plataformas y múltiples publicaciones periódicas (el editor elige qué publicar y qué no). En una vista oral en febrero, Games pareció inclinarse por respetar el derecho de las reglas y cumplir con sus políticas de moderación de contenidos y bloquear los mensajes y usuarios que consideramos.

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By Alice Escalante Quesada